Consiste en una suma dineraria por cada trabajador que el empleador tenga registrado. El monto equivale a la mitad del salario bruto de los dependientes, con un tope de beneficio de la mitad del salario mínimo, vital y móvil y un máximo por trabajador que perciba menos de 4 SMVM de valor del mes respectivo.
Por ejemplo: si un dependiente tiene de sueldo bruto (primera columna del recibo de haberes) $80.000, el REPRO seria de $40.000, pero al ser el salario mínimo al ser en abril y mayo de $38.940, la mitad será de $19.470, por ende, ese será el valor del REPRO. Veamos un cuadro de ejemplo.
El beneficio se extenderá por tres meses. Los gobiernos podrán acceder al Programa, durante dos períodos como máximo, consecutivos o no, dentro de los tres años contados a partir del inicio del primer período otorgado.
Requisitos para ingresar al Repro
Para acceder al beneficio, los empleadores deben cumplir con estas condiciones de acceso:
- Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO).
- No haber perdido una reducción de personal mayor al veinte por ciento (20%) en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.
Esperemos que esta ayuda a las pymes, que son el verdadero motor de la economía argentina y las únicas que generan empleo genuino, sea verosímil, eficaz y no estemos antes una nueva “propaganda” o burocracia estatal.