El nuevo plazo -que alcanza a las empresas que cerraron balances en diciembre de 2021- operará los días 23, 24 y 26 de mayo; y la fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada, de acuerdo a lo informado por la AFIP en un comunicado.
De esta manera, el cronograma indica que las empresas con CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3 podrán hacer su presentación hasta el 23/5 y realizar el pago hasta el 24/5; las finalizadas con los números 4, 5 y 6, el 24/5 y 26/5; y las concluidas en 7, 8 y 9, el 26/5 y 27/5.
La Resolución General 5189/2022 –explicaron- extendió el plazo original que comenzaba a vencer a mediados de mayo para facilitar el cumplimiento de las obligaciones.
Los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo «Ganancias personas jurídicas – versión 20.0» que puede descargarse en www.afip.gob.ar/Aplicativos/gciasPersonasFisicasSociedades/default.asp.
Aquellos contribuyentes que por error hayan presentado la declaración jurada una versión anterior del aplicativo deberán volver a ingresar los datos con la versión actualizada.
El aplicativo introduce la nueva escala progresiva de impuesto a las Ganancias para las sociedades aprobada por ley el año pasado.