Se tomarán por cumplidas las declaraciones juradas y el pago del impuesto cuando se realicen antes de las fechas informadas en la resolución. Las nuevas fechas límites para empresas y sociedades son las siguientes:
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: hasta el jueves 23 de junio inclusive.
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: hasta el viernes 24 de junio inclusive.
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: hasta el lunes 27 de junio inclusive.
Para realizar el trámite, la AFIP habilitó el nuevo aplicativo «Bienes Personales – Acciones y Participaciones Societarias – Versión 5.0» que se encuentra disponible en su sitio web.