La Resolución General 5226/2022 se publicó en el Boletín Oficial este martes, la cual tiene como objetivo garantizar que los monotributistas accedan a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos.
La ley 27.676 amplió los límites de facturación máxima por categoría del monotributo. De esta manera, permite que, de corresponder, las y los monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin ver incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.
La iniciativa también estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo. Esto incluye a quienes no tengan trabajo en blanco, no cobren jubilaciones, renta financiera o perciban ingresos por alquileres.
Asimismo, la AFIP extiende hasta el 27 de julio el período para pagar la obligación del mes en curso. La ampliación de los plazos busca facilitar las tareas de cumplimiento de las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B que fueron beneficiados por la exención del componente impositivo. Esto es a partir del 11 de julio.